REELECCIÓN.
Danilo promulga Ley de Reforma tras aprobación de diputados.
Sesión.
La Cámara de Diputados declaró ayer de urgencia el proyecto de ley y lo
aprobó en dos lecturas consecutivas con el apoyo de los legisladores
del PLD, PRD, PRSC y dos del PRM.
Ramón Pérez Reyes y Adriana Peguero
Santo Domingo/Tomado de Diario Libre
La
presidenta del Senado, Cristina Lizardo, convocó ayer la Asamblea
Nacional Revisora para reformar la Constitución y establecer la
reelección presidencial, para permitir que el presidente Danilo Medina
pueda optar por un segundo mandatado 2016-2020, con un artículo
transitorio de que solo podrá presentarse por ese segundo y único
período constitucional consecutivo, no pudiendo postularse jamás al
mismo cargo.
La
convocatoria hecha por Lizardo, quien además es presidenta de la
Asamblea Nacional, se produjo horas después de que el presidente Medina
promulgara la Ley que convoca a la Asamblea Revisora, la que a su vez
había sido recibida momentos antes por la Cámara de Diputados, que la
aprobó de urgencia en dos lecturas consecutivas.
El
Partido de la Liberación Dominicana (PLD) logró el consenso con los
partidos Revolucionario Dominicano (PRD) y el Reformista Social
Cristiano (PRSC) para obtener el voto favorable de 148 diputados, 80% de
la matrícula, y aprobar el proyecto de ley que convoca a la Asamblea
Revisora de la Constitución.
A
las 3:00 de la tarde de ayer, unas dos horas después de ser aprobado,
el presidente de la Cámara de Diputados, Abel Martínez, envió el
proyecto al presidente Medina, para su promulgación.
Este
miércoles se reunirán los equipos de protocolo del Senado y la Cámara
de Diputados, para establecer los pormenores y el programa que regirá la
Asamblea en la sesión del sábado.
La votación fue 148 a favor y 38 en contra, tanto en la primera como en la segunda lectura.
Votaron
también a favor del proyecto los diputados del Partido Revolucionario
Moderno (PRM), Juan José Morales; de Samaná, y Fabio Vargas, de
Barahona. De inmediato el vocero del PRM, Nelson Arroyo, anunció que
quedaron automáticamente expulsados.
Renuncia
También
causó sorpresa que el diputado peledeísta por Azua, Víctor Sánchez,
votó en contra del proyecto, y que durante la sesión anunció su renuncia
de esa organización por su inconformidad con el proyecto que propuso
ese partido.
El
PLD esta vez no contó con el voto de Minou Tavares, quien renunció;
Vinicio Castillo Semán, de la Fuerza Nacional Progresista (FNP), y
Guadalupe Valdez, de la Alianza por la Democracia (APD), quienes fueron
elegidos en boletas unidas al partido morado.
El
secretario general del PLD, Reinaldo Pared, estuvo observando desde el
balcón el desarrollo de la sesión, mientras el hemiciclo rechazó varias
propuestas de modificación al proyecto que hicieron los diputados Ramón
Rogelio Genao, Castillo Semán, Guadalupe Valdez y Juan Hubieres.
El proyecto había sido aprobado la pasada semana por el Senado y remitido este lunes a la cámara baja.
La
ley declara la necesidad de la convocatoria de la Asamblea Nacional
Revisora de la Constitución, para reformar el artículo 124 de nuestra
Carta Fundamental y establecer un artículo transitorio en el texto de la
misma.
La
pieza en un artículo transitorio permitiría que el Presidente de la
República pueda optar por un segundo y único período constitucional
consecutivo, no pudiendo postularse jamás al mismo cargo.
La asamblea
El
artículo 271 de la Constitución establece que la Asamblea Nacional
deberá reunirse dentro de los quince días siguientes a la publicación de
la Ley que declara la necesidad de la reforma, con la presencia de más
de la mitad de los miembros de cada una de las cámaras.
Añade que “sus decisiones se tomarán por la mayoría de las dos terceras partes de los votos”.
Asimismo,
establece que una vez votada y proclamada la reforma por la Asamblea
Nacional Revisora la Constitución será publicada íntegramente con los
textos reformados.
En tanto que el artículo 270 de la Carta Magna establece que dicha ley no podrá ser observada por el Poder Ejecutivo.
Danilo promulga ley
A
pocas horas de que la Cámara de Diputados aprobara la Ley, el Poder
Ejecutivo la promulgó. La información la suministró el vocero de la
Presidencia, Roberto Rodríguez Marchena, en una rueda de prensa que
ofreció en el Salón Orlando Martínez del Palacio Nacional.
El
presidente de la cámara de diputados, Abel Martínez, envió una misiva
al mandatario la cual fue recibida en la consultoría jurídica de la Casa
de Gobierno a las 3:00 de la tarde y a las 6:00 PM se informó que la
pieza había sido promulgada.
(+) LOS OBJETIVOS DE LA LEY 24-15 PROMULGADA
El primer considerando de la Ley 24-15 establece que de conformidad con
lo dispuesto por el artículo 269 de la Constitución, esta podrá ser
reformada si la proposición de reforma se presenta en el Congreso con el
apoyo de la tercera parte de los miembros de una u otra cámara, o si es
sometida por el Poder Ejecutivo.
El
artículo uno de la Ley 24- 15 precisa que se declara la necesidad de
modificar el artículo 124 de la Constitución, así como el
establecimiento de un artículo transitorio en el texto de la misma.
Mientras
que el artículo dos del decreto número 24-15 destaca que la reforma
tiene como objetivo que el presidente pueda optar por un segundo y único
período constitucional consecutivo, no pudiendo postularse jamás al
mismo cargo.
En
la parte a del artículo dos expresa que el objetivo de la presente
reforma es permitir que el presidente de la República pueda optar por un
segundo mandato y único periodo constitucional consecutivo, no pudiendo
postularse jamás al mismo cargo.
En
tanto que la parte B del mismo señala también que el objetivo es
establecer un artículo transitorio que consigne que en el caso eventual
de que el presidente de la República Actual, sea candidato presidencial
para el periodo 2016-2020, no podrá presentarse para el siguiente
periodo y a ningún otro.
Asimismo
el artículo tres de la Ley 24-15 ordena la reunión de la Asamblea
Nacional Revisora en los siguientes 15 días posteriores a la publicación
de la presente ley.